La modificación dotará al Ejecutivo de un plazo más amplio para penalizar a las empresas responsables de apagones, como el sufrido recientemente en la isla de La Gomera

El Consejo de Gobierno ha dado luz verde este lunes a la modificación de la Ley del Sector Eléctrico Canario. Se trata de un cambio normativo cuyo objetivo es dotar al Gobierno canario de plazos más amplios a la hora de poder sancionar en tiempo y forma a las empresas eléctricas que incumplan, y que hayan sido las responsables de situaciones como la sufrida el pasado mes de julio en la isla de La Gomera, con un apagón general.

La Ley actual que regula el régimen sancionador (Ley 11/1997, de 2 de diciembre, de regulación del Sector Eléctrico Canario), cuenta en su artículo 19 con tres mecanismos sancionadores: la infracción, la sanción y el procedimiento sancionador. Siendo los dos primeros competencia de la Ley Estatal y el tercero competencia de la Ley de Procedimiento Administrativo común.

Dado que la Ley Estatal cuenta con plazos más extensos (hasta dieciocho meses), en comparación con el Procedimiento Administrativo Común (solo tres meses), se plantea la modificación mediante decreto ley del artículo 19 de esa norma para que, en caso de necesidad, el Gobierno canario pueda contar con plazos más amplios para sancionar a las empresas del sector eléctrico en el tiempo que estipula la Ley.

El decreto ley contará con un único artículo que modificará los artículos 19 y 21 y suprimirá los artículos 20 y 22, en una modificación que hará los trámites más eficaces y ayudará a cumplir con los plazos que dicta la legalidad.

El consejero de Política Territorial, Manuel Miranda, anuncia la recuperación de la subvención para planes generales municipales, después de dos años sin convocarse

El consejero de Política Territorial, Cohesión Territorial y Aguas, Manuel Miranda, ha anunciado hoy en el Pleno del Parlamento que uno de los objetivos de su departamento en este mandato es el de mejorar la Ley del Suelo, “analizando qué aspectos son mejorables e iniciando en breve un proceso participativo en el que esperamos intervengan todos los municipios y cabildos del Archipiélago”. Miranda ha realizado este anuncio en el marco de una comparecencia para explicar las principales líneas de trabajo de la Consejería en los próximos cuatro años.

Manuel Miranda ha destacado durante su intervención que el “nuevo Gobierno de Canarias tiene diferentes retos ante sí, y muchos confluyen en la Consejería de Política Territorial, Cohesión Territorial y Aguas asume buena parte de ellos, sobre todo los relacionados con la planificación del territorio, población y aguas”.

Miranda ha señalado que la nueva Consejería “tiene como objetivos concentrar su acción en impulsar un planeamiento que, en ocasiones, no responde a las necesidades reales de los diferentes agentes socio económicos, que debe abordar el desafío que suponen la cohesión del territorio y el reto demográfico; y afrontar una nueva estrategia autonómica en la gestión del agua”. Para ello, una de las primera medidas anunciadas es la apertura de un proceso de participación respecto a aquellos elementos de la Ley del Suelo que es necesario modificar para hacerla más eficaz.

“La burocracia y el día a día no pueden seguir limitando nuestra capacidad de planificación: necesitamos ofrecer mucha más agilidad en los procedimientos”, ha añadido, “para proyectar la Canarias que queremos y convertir el planeamiento en un verdadero agente de transformación social y económica”.

Respecto a la política en materia de Aguas, ha anunciado que en octubre están convocados los consejos insulares para recuperar la planificación en materia de aguas en las Islas, un trabajo que se dejó de hacer en los últimos años “y cuya falta de liderazgo autonómico estamos pagando ahora”.

Además, ha abogado por afrontar con “valentía e inteligencia” el reto demográfico, que ha calificado como un “desafío sin precedentes en la historia de nuestra tierra”, aprovechando “la unanimidad generada la pasada Legislatura en torno a la Comisión de Estudio del Parlamento”, cuyos trabajos se retomaron este mes de septiembre.

El consejero ha enfatizado además sus responsabilidades en materia de Emergencias, con la creación de una dirección general especifica que “señala el compromiso del Ejecutivo en la prevención, identificación de los riesgos, planificación y la coordinación” de sucesos de esta naturaleza que, por desgracia, “serán más habituales en el futuro”. “Se trata”, indicó Miranda, de generar una línea de trabajo “con carácter horizontal y transversal”, algo que han señalado como necesario los expertos tras eventos tan devastadores como los “ceros” energéticos de Tenerife y La Gomera; la pandemia; la erupción del volcán de La Palma; o los incendios que cada verano azotan las Islas.

Por último, ha anunciado para antes de que termine el año una subvención directa para la adaptación del planeamiento de los municipios palmeros afectados por el volcán (El Paso, Tazacorte y Los Llanos) y a su Cabildo. Se trata de una medida que viene a contribuir a que dichos municipios recuperen la normalidad y que retomará a partir de 2024 la Viceconsejería de Reconstrucción de La Palma, creada a tal efecto.

El Ejecutivo canario aprobó la creación del Comité para la Igualdad Social, encargado de garantizar la participación de las asociaciones que gestionan servicios orientación y asesoramiento para personas trans e intersexuales

Canarias avanza en el desarrollo de la Ley 2/201, de 7 de junio de Igualdad social y No Discriminación por razón de Identidad de género, expresión de Género y características sexuales tras la aprobación la pasada semana en Consejo de Gobierno del Ejecutivo canario del Decreto por el que se crea el Comité Consultivo para la Igualdad Social y no Discriminación por razón de identidad de género, expresión de género y características sexuales, así como del Reglamento que regula su organización y funcionamiento.

Este Comité permitirá la participación de las asociaciones con experiencia acreditada en materia de defensa de los derechos de los personas trans e intersexuales en la gestión de los servicios públicos previstos en la ley.

Además, en el citado órgano participarán representantes del servicio de asesoramiento previsto en la Ley así como representantes de las unidades de acompañamiento a las personas trans e intersexuales.

El comité tiene, entre sus funciones, elevar conclusiones o propuestas de mejora y adaptación a los servicios o administraciones competentes sobre la base de los hechos que se constaten.

Una vez aprobado el proyecto en Consejo de Gobierno, el Decreto será remitido al Consejo Consultivo de Canarias con el fin de que emita el informe preceptivo, para lo cual cuenta con un plazo de 30 días.

Comité de Igualdad Social, órgano colegiado de consulta

El Comité Consultivo para la Igualdad Social y no Discriminación por razón de identidad de género, expresión de género y características sexuales, se conforma como un órgano colegiado de consulta, participación ciudadana y mecanismo de seguimiento para la evaluación de las medidas adoptadas en la Ley 2/2021, de 7 de junio, de igualdad social y no discriminación por razón de identidad de género, expresión de género y características sexuales.

Este órgano formará parte de la Consejería del Gobierno de Canarias con competencias en materia de diversidad y tendrá, entre sus funciones, garantizar la participación de las asociaciones y organizaciones especializadas en la gestión de los servicios de responsabilidad pública de orientación y asesoramiento, previstos en la normativa, para adecuarlos a las necesidades reales de las personas trans e intersexuales; realizar el seguimiento y evaluación sobre la efectividad de las medidas adoptadas en la Ley, para la protección integral de las personas trans e intersexuales en el ámbito de las competencias autonómicas y elevar conclusiones o propuestas de mejora y adaptación a los servicios o administraciones competentes sobre la base de los hechos que se constaten y las necesidades reales de las personas trans e intersexuales.

Además, será responsabilidad del Comité la elaboración anual de un informe sobre el grado de cumplimiento e impacto social de la ley de igualdad social y no discriminación por razón de identidad de género, que será remitido al Parlamento de Canarias; así como servir como un canal de consulta para cuantas medidas estimen oportuno realizar los poderes públicos canarios, en relación con la igualdad social y no discriminación por razón de identidad de género, expresión de género y características sexuales.

La Consejería de Administraciones Públicas, Justicia y Seguridad inicia los trabajos dirigidos a establecer los mecanismos previstos en esta norma que entró en vigor el lunes

La ley proviene de una directiva europea de 2019 sobre la seguridad de aquellas personas que informan sobre infracciones del Derecho de la Unión Europea o que puedan ser constitutivas de infracción penal o administrativa grave o muy grave

Una de las claves de esta normativa es la implementación de canales de información de situaciones de corrupción

El Gobierno de Canarias ha iniciado ya, a través de la Consejería de Administraciones Públicas, Justicia y Seguridad, que dirige Julio Pérez, los trabajos destinados a implantar los procedimientos y mecanismo previstos en la Ley 2/2023, de 20 de febrero, reguladora de la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción –https://www.boe.es/eli/es/l/2023/02/20/2/con–, que ha entrado en vigor este lunes 13 de marzo.

Según ha explicado la directora general de Modernización y Calidad de los Servicios, Amaya Conde, esta ley tiene como finalidad proteger, frente a las represalias que puedan sufrir, a las personas que en un contexto laboral o profesional detecten infracciones penales o administrativas graves o muy graves y las comuniquen mediante los mecanismos regulados en la misma.

Esta ley, que proviene de una directiva europea de 2019 sobre la seguridad de aquellas personas que informan sobre infracciones del Derecho de la Unión Europea, los conocidos como whistleblower, pretende amparar a los ciudadanos y ciudadanas que denuncien posibles irregularidades y corrupción en la Administración pública y en la empresa privada. Con este propósito, prohíbe las represalias contra el denunciante y protege a intermediarios, compañeros o familiares del mismo.

En su implantación trabajan ya, entre otros centros directivos de la Consejería de Administraciones Públicas, Justicia y Seguridad, las direcciones generales de Modernización y Calidad de los Servicios, Telecomunicaciones y Nuevas Tecnologías, y la Secretaría General Técnica.

Dentro de las claves de esta normativa, Conde ha destacado la implementación de dos canales de información de situaciones de corrupción, uno interno y otro externo. Estos deben diseñarse, establecerse y administrarse “de forma segura, de modo que se garantice la confidencialidad de la identidad del informante”.

El interno es para todos aquellos trabajadores del sector público, trabajadores de empresas que hayan contratado con el sector público, personas en programas de formación, etc., que puedan estar en conocimiento de prácticas que pudieran ser corruptas. El externo es para cualquier persona en conocimiento de actos de corrupción, que podrá ser propio de la Comunidad Autónoma o ser el que la Autoridad Independiente de Protección del Informante del Estado implemente. Estos canales deberán garantizar tanto la información verbal como por escrito.

Están obligados a implementar canales internos el sector público y las empresas que tengan más de 50 empleados, y las personas jurídicas del sector privado que tengan entre 50 y 249 trabajadores y que así lo decidan. En el caso de los municipios de menos de 10.000 habitantes podrán compartir el sistema y los recursos entre sí o con otras administraciones.

La ley también obliga a disponer de un canal interno de información a los partidos políticos, sindicatos, organizaciones empresariales y fundaciones que gestionen fondos públicos, con independencia de su número de trabajadores.

Respecto a las sanciones, establece multas de entre 1.001 y 300.000 euros en el caso de las personas físicas, y entre 100.000 y el millón de euros si se trata de personas jurídicas, las que cometen una infracción. Por ejemplo, impedir o dificultar una denuncia, no cumplir con el derecho de confidencialidad o por practicar represalias puede suponer una multa de 50.000 euros.

La iniciativa se enmarca dentro de las actuaciones de la SPEGC para potenciar el ecosistema emprendedor en Gran Canaria

La Sociedad de Promoción Económica de Gran Canaria, entidad dependiente del Cabildo de Gran Canaria, ha celebrado hoy una jornada informativa para dar a conocer las claves de las nuevas leyes de Startups y de Crea y Crece.

El director gerente de la SPEGC, Cosme García, fue el encargado de inaugurar el acto, en el que destacó el papel de la entidad en el apoyo al ecosistema empresarial y emprendedor de Gran Canaria y su labor de asesoramiento a empresas de nueva creación.

“Desde la SPEGC contamos con diferentes instrumentos para facilitar el emprendimiento en Gran Canaria, como el Servicio de Apoyo a Empresas (SAE), y con herramientas de financiación, como Inverpyme, destinadas a potenciar el crecimiento y el desarrollo de empresas que promuevan la diversificación económica y potencien el tejido productivo de la Isla”, añadió.

El objetivo del evento fue ahondar en los beneficios fiscales que existen para las empresas emergentes, las mejoras fiscales a inversores o las novedades para atraer y retener talento extranjero. Dichas cuestiones se derivan de la aprobación de la nueva normativa recogida en la Ley 28/2022, de 21 de diciembre, de fomento del ecosistema de las empresas emergentes y en la Ley 18/2022, de 28 de septiembre, de creación y crecimiento de empresas.

La jornada giró en torno a cuatro ejes principales, que contemplaron las medidas para agilizar la creación de empresas y la flexibilización de algunas normas mercantiles aplicables a las empresas emergentes. A esto se suman los beneficios en la Seguridad Social y los beneficios fiscales para las empresas emergentes, como el tipo impositivo del 15% y el aplazamiento sin garantías.

Además, también se abordaron las ventajas para la atracción de capital foráneo, como las mejoras fiscales para inversores en empresas emergentes y las novedades para la atracción y retención del talento extranjero.

El evento fue impartido por la firma de abogados internacional Cuatrecasas, a través de los expertos Ignacio Díaz y Juan José Ruíz.

La directora general de Juventud del Gobierno de Canarias calificó de “hito para la juventud de las islas” la aprobación hoy en el Parlamento de Canarias de la nueva Ley de Políticas de Juventud

“La juventud no puede ser un sector poblacional de segunda para las instituciones públicas; la juventud es el pilar esencial de nuestra sociedad, un pilar en el que hay que invertir con políticas integrales realistas y de futuro”, aseguró la directora general de Juventud del Gobierno de Canarias, Laura Fuentes, tras la aprobación hoy en el Parlamento de Canarias de la nueva Ley de Políticas de Juventud que calificó de “hito para la juventud de las islas”.

“Desde 2007, Canarias no contaba con una ley de Juventud actualizada ambiciosa y valiente; desde hoy, no solo contamos con una, sino que además contamos con un ley que impulsa y potencia las acciones dirigidas a nuestra población joven con todas las garantías legislativas y financieras necesarias en materia de empleo, formación, participación y diseño de iniciativas que generan derechos a la juventud y deberes a las instituciones y que acercan la realidad institucional a la realidad de la población juvenil”.

“Se trata de una ley que pone los cimientos para que las próximas generaciones de jóvenes de Canarias tengan un marco, herramientas y posibilidades”, enfatizó Fuentes quien recordó que esta nueva normativa es fruto de “un arduo y extenso trabajo participativo”. En este sentido, la directora general agradeció las aportaciones a la ley realizadas por el personal del departamento regional de Juventud, Ayuntamientos y Cabildos así como por parte de las asociaciones juveniles participantes y a todos los grupos políticos con representación parlamentaria por su apoyo y aprobación.

El nuevo marco normativo, que se adecúa a los objetivos de desarrollo sostenible y la Agenda 2030, pone el énfasis en la necesidad de recursos materiales, económicos y humanos a todos los niveles institucionales con el fin favorecer la implantación y desarrollo de las políticas de juventud.

Una norma de ocho títulos y setenta y seis artículos

El texto del anteproyecto recoge una estructuración de la futura Ley en ocho títulos, setenta y seis artículos, dos disposiciones adicionales, una disposición transitoria, una disposición derogatoria y dos disposiciones finales.

El Título I comprende las disposiciones generales que inspiran la ley, definiendo su objeto y ámbito de aplicación y recogiendo los principios y directrices en materia de juventud. Hay que destacar en este Título la ampliación del espectro del concepto de persona joven acomodándose a un nuevo tramo de edad que comprende desde los 12 a los 30 años.

En el Título II se identifican las Administraciones públicas territoriales implicadas en el ámbito de aplicación de la ley, haciéndose especial hincapié en el régimen de corresponsabilidad que debe presidir su gestión, y se determinan las competencias que se les atribuyen en la materia. El Título III está dedicado al Consejo de Políticas de Juventud, como órgano de participación, coordinación y toma de decisiones en el que se encuentran representados los principales agentes intervinientes en las políticas de juventud, con una significativa presencia de las personas jóvenes.

El Título IV regula la participación juvenil, concretando su definición e identificando los agentes y las vías de participación de las personas jóvenes, introduciendo una referencia explícita a la representación de la juventud no asociada.

El capítulo II consagra la obligación del Gobierno de Canarias de reconocer periódicamente el desarrollo de trayectorias, servicios y actuaciones relevantes en el ámbito de la juventud a través de los Premios Joven Canarias. El tercer capítulo se dedica al Consejo de la Juventud de Canarias, máximo órgano de representación de la juventud canaria ante el Gobierno de Canarias, configurado como corporación pública de base privada, dotada de personalidad jurídica, mientras que el cuarto capítulo hace referencia a los consejos insulares y municipales de la juventud.

El Título V regula las Planificación de las Políticas de Juventud, cuyo máximo exponente es del Plan Integral de Juventud de Canarias, concebido como instrumento clave para su diseño, desarrollo y ejecución, y regula en su capítulo III el Observatorio Canario de la Juventud como instrumento de seguimiento permanente de la realidad juvenil canaria.

El Título VI contempla los servicios y equipamientos juveniles y el Título VII, regula el régimen financiero. Por su parte, el Título VIII se dedica a la inspección y el régimen sancionador.

Los modelos educativos del siglo XXI poco tienen que ver con aquello de “la letra con sangre entra”. La LOMLOE, nueva ley de educación, continúa su progresiva implantación en Canarias, otorgando especial protagonismo a la creatividad y la ética de la enseñanza

Los conocimientos deben salir del aula y tomar la calle, tienen que asumir necesariamente su aplicación práctica. Los centros culturales y museísticos del Cabildo de Gran Canaria quieren formar parte de ese proceso educativo

Para ello, la Consejería de Cultura que gestiona Guacimara Medina, ha convocado a un grupo de docentes que participan en la redacción y coordinación de los nuevos itinerarios curriculares para que avancen a los equipos técnicos las claves que permitan abrir las aulas a la amplia oferta cultural grancanaria.

La Biblioteca Insular ha sido esta semana la sede de la quinta convocatoria de las jornadas de reflexión sobre el nuevo currículum de Canarias. Los responsables de los departamentos educativos y de acción cultural de centros museísticos como la Casa de Colón, el CAAM, Centro de Artes Plásticas, Cueva Pintada, o Casa-Museo Pérez Galdós, entre otros, así como los de centros de artes escénicas, como el Teatro Cuyás o la Sala Insular de Teatro, tuvieron la oportunidad de desentrañar los retos e interrogantes que plantean las nuevas demandas educativas, así como su oportunidad de participar en el proceso de enseñanza.

Cultura y educación, una simbiosis perfecta

El tradicional sistema de asimilación memorística de contenidos ya es historia. La oferta cultural insular tiene que estar a la altura de un nuevo sistema de aprendizaje basado en despertar la curiosidad del alumnado por el entorno que le rodea. Para ello, la Consejería insular de Cultura está a punto de culminar un ambicioso plan estratégico de transformación de los departamentos de educación y acción cultural de los centros museísticos y culturales que gestiona el Cabildo de Gran Canaria.

La dirección de Mikel Asensio Brouard, profesor de la Universidad Autónoma de Madrid y uno de los mayores expertos nacionales en temas de museología, evaluación de exposiciones y estudios de público, está resultando vital para conseguir situar los proyectos educativos de los centros culturales insulares a la vanguardia de las nuevas demandas. “Es fundamental el estudio y aplicación de proyectos educativos innovadores que nos permitan formar parte del cambio educativo en Canarias”, asegura el especialista.

Para Asensio, el primer paso consiste en conocer, de primera mano, las propuestas que conforman la adaptación de la LOMLOE en Canarias. “La idea era convocar un encuentro con los profesores para saber qué están haciendo para adaptarse a la nueva ley de educación. El Cabildo intenta que sus instituciones culturales se adapten a la nueva situación. Dentro del programa que estamos desarrollando hemos invitado a cuatro docentes que están haciendo labores de coordinación en la elaboración del nuevo currículum y diseñando los materiales necesarios. Nos parece muy interesante saber cómo lo están haciendo para poder desarrollar nuestros propios programas”, explica el profesor.

Un modelo educativo para el siglo XXI

David Pablos es coordinador de los currículos de música y de artes escénicas. Confiesa que el profesorado ha afrontado la puesta en marcha de la LOMLOE “con cierto desconcierto por la premura de su implantación”. Pero también asegura que, “a medida que hemos ido trabajando, los docentes han asumido que el plan tiene un carácter marcadamente continuista con respecto al anterior. Los cambios son más bien a nivel técnico, lo que nos permite profundizar en un modelo de enseñanza mucho más práctico y activo que se adapta mucho mejor a las necesidades del alumnado del siglo XXI”, asegura el docente.

“Los museos y teatros de Canarias son elementos imprescindibles para ofertar, fuera de los centros, alternativas de determinados aprendizajes a los que no podemos llegar por falta de recursos”, confiesa el responsable educativo.

Educar con arte

Yulimar Cardero Viera es la directora del CEIP Perseidas, un pequeño centro de apenas 78 alumnos y alumnas en La Paterna. Acude ilusionada, junto a Elsa García, profesora-colaboradora, a encontrarse con los técnicos culturales para mostrarles cómo es posible utilizar las artes visuales como metodología de cualquier aprendizaje. “Hemos venido a exponer nuestro proyecto educativo de arte contemporáneo, ‘ImaginARTE’, que utilizamos como herramienta de aprendizaje. En este curso escolar, hemos introducido en el programa, que llevamos desarrollando desde el 2012, la parte de la nueva ley de educación, con todos los elementos que intervienen en la LOMLOE. Esperamos transmitir toda esa labor que hacemos en educación primaria e infantil”.

Ana Muñoz Pérez fue otra de las ponentes de la jornada. Es comisionada para la elaboración de los programas de Lengua y Literatura y destaca la necesaria aspiración de los centros educativos de convertirse en “espejo” de las instituciones culturales. “La adaptación más ilusionante de los centros educativos a la nueva ley es la que pone de relevancia la entrada masiva de la creatividad y la actitud ética en lo que enseñamos. Esto también nos compromete a buscar más ayudas externas, del sector cultural y social, a la hora de dotar de realidad lo que enseñamos en las aulas”.

Por último, Joaquín Ayala planteó los retos del nuevo currículum relacionados con los métodos de enseñanza de la Literatura, incluyendo la dramaturgia y la literatura canaria. “La LOMLOE plantea una serie de cambios notables pero ilusionantes, porque generan un mayor protagonismo de la multimodalidad y de los itinerarios literarios, lo que plantea una alternativa a la forma tradicional de enseñar la literatura de forma cronológica. Ahora se aborda la enseñanza de forma mucho más libre y creativa. Eso tiene sus temores, pero también genera nuevas oportunidades”, reflexiona el profesor, que imparte clases en el conocido IES La Laboral, de La Laguna.

La nueva norma persigue impedir el juego de los menores de edad, de las personas que estén inscritas en el Registro General de Interdicciones de Acceso al Juego y de los colectivos necesitados de especial protección

Revisa también el régimen sancionador en lo que afecta a la presencia de menores en establecimientos de juego y el régimen de publicidad, patrocinio y promoción aplicable al juego desarrollado en la Comunidad Autónoma de Canarias

Prohíbe a determinados colectivos el uso de máquinas recreativas con premio en metálico y las de azar, y que el ente público RTVC emita publicidad que promueva el juego, tanto presencial como ‘online’

El Consejo de Gobierno de Canarias ha aprobado este jueves, a propuesta del consejero de Administraciones Públicas, Justicia y Seguridad, Julio Pérez, el proyecto de ley de modificación de la Ley 8/2010, de 15 de julio, de los Juegos y Apuestas, que será remitido ahora al Parlamento de Canarias para su tramitación reglamentaria por el trámite de urgencia y el procedimiento de lectura única.

La nueva norma persigue, fundamentalmente, la salvaguarda de los menores y demás colectivos necesitados de especial protección, y, para ello, entre otras cosas, prohíbe a determinados colectivos el uso de máquinas recreativas con premio en metálico y las de azar, y amplía la relación de personas que tienen prohibida la participación en los juegos.

También prohíbe que el ente público Radiotelevisión Canaria (RTVC) emita publicidad que promueva el juego -tanto presencial como online-, y la publicidad en equipaciones, instalaciones, patrocinios de apuestas deportivas de competencia autonómica, siempre que la competición, actividad o evento deportivo sea de ámbito municipal, insular, provincial o regional.

Igualmente, suprime la posibilidad de instalar terminales de apuestas en los establecimientos de restauración y establece una distancia mínima de 200 metros entre establecimientos de juegos y de 300 metros entre estos y los centros docentes o de atención a menores.

El titular de Administraciones Públicas, Justicia y Seguridad ya había presentado al Gobierno, el 22 de abril de 2021, informe y texto articulado del Anteproyecto de Ley. Este, tras quedar enterado, había manifestado su sentido favorable sobre la oportunidad de la iniciativa, sus objetivos y los principios generales que la inspiran, y había acordado que se continuara con su tramitación. Posteriormente, el 7 de diciembre de 2022, ya como proyecto de ley, fue tomado en consideración por el Gobierno y remitido al Consejo Consultivo para su preceptivo dictamen.

Con la nueva ley se dará cumplimiento a la Resolución 10L/PNLP-0065, sobre regulación efectiva del juego y las apuestas en Canarias contras las adicciones, aprobada por el Parlamento de Canarias en diciembre de 2019 y a la disposición transitoria segunda de la Ley 2/2020, de 14 de octubre, de suspensión de títulos habilitantes de nuevos locales y otras medidas complementarias en materia de juegos y apuestas.

En dicha resolución se instaba al Gobierno, en el ámbito de su competencia, a regular con eficacia la prohibición del acceso de los menores de edad a los diferentes establecimientos de juego, exigiendo a estos la instalación no solo de un servicio de recepción a la entrada del inmueble, sino también de un sistema de bloqueo en los terminales de apuestas, similar al existente en las máquinas de tabaco. Todo ello con el objetivo de impedir el juego a los menores de edad y a las personas que estén inscritas en el Registro General de Interdicciones de Acceso al Juego, también llamadas autoprohibidas, o a aquellas que tengan restringida esta actividad por sentencia judicial.

Además, se exhortaba al Ejecutivo canario a paralizar, como medida cautelar, la concesión de nuevas licencias de apertura de locales de juego, hasta la entrada en vigor de la nueva norma, y a impulsar la creación de una mesa de expertos, junto con un proceso de participación ciudadana, para una reforma reflexionada, consensuada y profunda del marco normativo referente al juego y a las apuestas, así como para la puesta en marcha de suficientes campañas de información, prevención y concienciación en los distintos ámbitos que se estimen necesarios.

En cumplimiento de la citada resolución, el Gobierno de Canarias ya aprobó el Decreto Ley 5/2020, de 2 de abril, de suspensión de títulos habilitantes de nuevos locales y otras medidas complementarias en materia de juegos y apuestas hasta el 31 de diciembre de 2020. Tras su promulgación, el Parlamento aprobó la Ley 2/2020, de 14 de octubre, de suspensión de títulos habilitantes de nuevos locales y otras medidas complementarias en materia de juegos y apuestas.

La disposición transitoria segunda de esta última ley establece que el Gobierno de Canarias impulsará, en el plazo de tres meses desde su entrada en vigor, una iniciativa legislativa que, además de aprobar las determinaciones derivadas de la mencionada resolución, revisará tanto el régimen sancionador en lo que afecta a la eventual presencia de menores en establecimientos de juego como el régimen de publicidad, patrocinio y promoción aplicable al juego desarrollado en la Comunidad Autónoma de Canarias.

José Antonio Valbuena subraya que “se trata de la ley climática más ambiciosa del panorama nacional” y recuerda la importancia de este hito para alcanzar el objetivo de descarbonizar el archipiélago en 2040

Esta Ley supondrá la creación del Registro Canario de Huella de Carbono y la el nacimiento de la Agencia Canaria de Acción Climática, Energía y Aguas

El pleno del Parlamento de Canarias ha aprobado este martes, 13 de diciembre, la Ley de Cambio Climático y Transición Energética del archipiélago, un documento legislativo que pondrá las bases para lograr el objetivo de alcanzar la descarbonización de la economía de las islas en el año 2040, diez años antes que los horizontes marcados por Europa y España en esta materia. Se trata de la ley más consensuada de la historia de Canarias con más de 384 aportaciones ciudadanas en los dos periodos de exposición pública (170 y 214) y más de 30 reuniones con diferentes colectivos.

El consejero de Transición Ecológica, Lucha contra el Cambio Climático y Planificación Territorial del Gobierno autonómico, José Antonio Valbuena, ha subrayado que “los territorios insulares somos los más vulnerables frente a los efectos del cambio climático y, por ese motivo, hemos desarrollado una ley que supera en ambición a las de otras comunidades e incluso a la nacional, adelantando los plazos y marcando obligaciones para todos los sectores”.

“Esta Ley marcará un antes y un después en las políticas ambientales de Canarias y empezará por fin a poner medidas específicas para trabajar por el futuro de las nuevas generaciones, precisamente las más concienciadas con este problema medioambiental”, señaló el responsable regional.

“Canarias por fin deja a un lado el greenwashing político y establece criterios y obligaciones a todos los niveles, empezando por las administraciones públicas como figura ejemplarizante para el resto de la población y para las empresas del archipiélago”, añadió Valbuena.

En esta línea, la Ley establece que en 2030 todas las instituciones públicas de las islas tendrán que abastecerse al 100% de fuentes renovables, sustituyendo por completo los equipos que se alimenten de combustibles fósiles. Estas entidades también deberán reemplazar los vehículos de combustión interna por otros con emisiones contaminantes nulas en un plazo máximo de diez años desde la entrada en vigor de este texto legislativo.

Por último, entre otras medidas para el ámbito público, se refleja que la implantación de nuevo alumbrado exterior se realizará siempre bajo criterios de eficiencia energética y de neutralización de la contaminación lumínica, de manera que en 2040 todo el alumbrado canario cumpla con este propósito al 100%.

Esta Ley canaria de Cambio Climático y Transición Energética conllevará un hito fundamental que es la creación del Registro de la Huella de Carbono del archipiélago, el cual permitirá cuantificar las emisiones de gases de efecto invernadero para hacer un seguimiento de los objetivos establecidos en esta materia.

Estarán obligadas a inscribirse en este Registro las explotaciones turísticas alojativas, no alojativas y complementarias; las actividades pesqueras y de acuicultura; las actividades industriales y de comercio y las empresas que establezca la Estrategia de Acción Climática.

Precisamente, en materia de emisiones, el objetivo regional para 2040 es reducirlas en un 90% respecto a las de 1990 y que, al menos, el 10% de las emisiones remanentes sean absorbidas por sumideros, logrando el citado escenario de neutralidad climática. Esto supone que Canarias pasará de emitir 13.340 ktCO2eq a 7.426 en 2030 y, finalmente, a 862 en 2040.

En cuanto a la implantación de energías renovables, el horizonte marcado por la Ley y el Plan de Transición Energética de Canarias para 2030 es alcanzar el 37% del consumo de la energía final a través de estas alternativas sostenibles y el 92% en 2040. También se crea la Agencia Canaria de Acción Climática, Energía y Aguas.

Para la movilidad sostenible, el objetivo de reducción de emisiones es de un 84,2% para el 2040, no superando las 480 ktCO2eq al año. Los grandes centros generadores de movilidad pública y privada deberán introducir planes de movilidad sostenible para sus usuarios en un plazo máximo de cinco años desde la aprobación de la Estrategia Canaria de Acción Climática. Entre otros sectores, las empresas de alquiles de vehículos deberán contar exclusivamente con flotas de emisiones directas nulas en un plazo máximo de 15 años desde la entrada en vigor de esta Ley.

En materia educativa, el Gobierno de Canarias introducirá como eje vertebrador la acción climática y la transición ecológica en las materias curriculares que se impartan en las aulas. El Ejecutivo también aprobará un plan formativo verde que tendrá, entre otros, el propósito de identificar los sectores clave con mayores oportunidades en estos sectores estratégicos.

Los departamentos del Ejecutivo autonómico responsables en materia de salud y derechos sociales deberán elaborar y aprobar planes especiales de protección de la población ante los efectos derivados del cambio climático, tal y como establece la Organización Mundial de la Salud en sus informes periódicos.

Este documento legislativo ha sido impulsado por la Consejería de Transición Ecológica, Lucha contra el Cambio Climático y Planificación Territorial del Gobierno de Canarias y consta de diferentes instrumentos de gestión como son la Estrategia de Cambio Climático de Canarias, la Estrategia de Transición Justa, el Plan de Transición Energética de Canarias (junto a sus ocho estrategias específicas) y el Plan de Acción de Cambio Climático.

El texto definitivo aprobado por el Parlamento de Canarias se publicará en los próximos días en el Boletín Oficial de Canarias.

La consejera de Derechos Sociales, Igualdad, Diversidad y Juventud del Gobierno de Canarias, Noemí Santana, recordó que Canarias no contaba con una ley de Juventud desde 2007 “que además entonces no fue dotada económicamente”

“Estamos ante una ley ampliamente participada que además garantiza la dotación presupuestaria necesaria para emprender políticas en nuestra comunidad, haciendo especial hincapié en el Plan de Garantía Juvenil, dirigido a fomentar el empleo entre nuestra juventud, y en contar con una financiación importante para el Plan Canario de Juventud”, afirmó hoy la consejera de Derechos Sociales, Igualdad, Diversidad y Juventud del Gobierno de Canarias, Noemí Santana, durante el acto de entrega al presidente del Parlamento de Canarias, Gustavo Matos, del proyecto de Ley de Políticas de Juventud, paso previo al inicio de su debate y aprobación en sede parlamentaria.

Santana recordó que desde el año 2007, Canarias no contaba con una ley de Juventud “que además entonces no fue dotada económicamente”. “Con esta nueva Ley, damos garantía y amparo jurídico para impulsar y potenciar las acciones dirigidas a nuestra población joven”, matizó la responsable del área en el Ejecutivo canario.

Por su parte, la directora general de Juventud, Laura Fuentes, afirmó que “estamos ante una ley mucho más realista que genera derechos a la juventud y deberes a las instituciones y que apuesta por la transversalidad para que no se diseñen políticas que tienen que ver con la juventud pero sin contar con su protagonismo ni conocer cuáles son sus necesidades”. Asimismo, Fuentes agradeció el esfuerzo realizado por el personal del departamento así como la implicación de la ciudadanía joven, asociaciones y entidades implicadas en la elaboración de esta normativa.

El proyecto de Ley presentado hoy en el Parlamento tiene como objeto favorecer la autonomía de la población joven de Canarias adecuándose a los objetivos de desarrollo sostenible y la Agenda 2030 y destacando la necesidad de recursos materiales, económicos y humanos a todos los niveles institucionales favorecer la implantación y desarrollo de las políticas de juventud.

Una norma de ocho títulos y setenta y seis artículos

El texto del anteproyecto recoge una estructuración de la futura Ley en ocho títulos, setenta y seis artículos, dos disposiciones adicionales, una disposición transitoria, una disposición derogatoria y dos disposiciones finales.

El Título I comprende las disposiciones generales que inspiran la ley, definiendo su objeto y ámbito de aplicación y recogiendo los principios y directrices en materia de juventud. Hay que destacar en este Título la ampliación del espectro del concepto de persona joven acomodándose a un nuevo tramo de edad que comprende desde los 12 a los 30 años.

En el Título II se identifican las Administraciones públicas territoriales implicadas en el ámbito de aplicación de la ley, haciéndose especial hincapié en el régimen de corresponsabilidad que debe presidir su gestión, y se determinan las competencias que se les atribuyen en la materia. El Título III está dedicado al Consejo de Políticas de Juventud, como órgano de participación, coordinación y toma de decisiones en el que se encuentran representados los principales agentes intervinientes en las políticas de juventud, con una significativa presencia de las personas jóvenes.

El Título IV regula la participación juvenil, concretando su definición e identificando los agentes y las vías de participación de las personas jóvenes, introduciendo una referencia explícita a la representación de la juventud no asociada.

El capítulo II consagra la obligación del Gobierno de Canarias de reconocer periódicamente el desarrollo de trayectorias, servicios y actuaciones relevantes en el ámbito de la juventud a través de los Premios Joven Canarias. El tercer capítulo se dedica al Consejo de la Juventud de Canarias, máximo órgano de representación de la juventud canaria ante el Gobierno de Canarias, configurado como corporación pública de base privada, dotada de personalidad jurídica, mientras que el cuarto capítulo hace referencia a los consejos insulares y municipales de la juventud.

El Título V regula las Planificación de las Políticas de Juventud, cuyo máximo exponente es del Plan Integral de Juventud de Canarias, concebido como instrumento clave para su diseño, desarrollo y ejecución, y regula en su capítulo III el Observatorio Canario de la Juventud como instrumento de seguimiento permanente de la realidad juvenil canaria.

El Título VI contempla los servicios y equipamientos juveniles y el Título VII, regula el régimen financiero. Por su parte, el Título VIII se dedica a la inspección y el régimen sancionador.