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El juzgado que lleva la Superliga ya tiene nuevo titular

IUSPORT Octubre 29, 2021

El caso de la Superliga cambia de juez. Ya no será el magistrado recusado, Manuel Ruiz de Lara, sino otra magistrada, la que continuará las actuaciones tan pronto se reanude el proceso, que se ha visto suspendido por el incidente de recusación

En julio pasado informábamos en primicia de que Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial, en su reunión del día 8 de julio de 2021, había convocado concurso para la provisión de destinos en la Carrera Judicial, entre miembros de la misma con categoría de magistrado/a, afectando, entre otros, al juzgado de lo mercantil número 17 de Madrid, que está tramitando el caso de la Superliga.

Pues bien, ya se ha resuelto el concurso y, según hemos sabido en IUSPORT, la nueva titular del juzgado es Sofía Gil García, magistrada, especialista en materia mercantil, que ha ejercido en el Juzgado de lo Mercantil número 2 de Barcelona.

Ya habíamos comentado que si tenemos en cuenta que este tipo de concursos de provisión de plazas suele resolverse en unos meses, y que el TJUE había acordado no tramitar por la vía de urgencia la cuestión prejudicial planteada por el juez Ruiz de Lara, era muy probable que su juzgado cambiase de titular antes de que el tribunal europeo dilucidara la referida cuestión.

Como saben los lectores de IUSPORT, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) había denegado la solicitud que había formulado el Juzgado de lo Mercantil número 17 de Madrid de tramitar por la vía de urgencia la cuestión prejudicial planteada en el 'caso Superliga.

El incidente de recusación se queda sin objeto

En consecuencia, ya no será el juez recusado Manuel Ruiz de Lara el que llevará el caso de la Superliga. Además, el incidente de la recusación se ha quedado sin objeto, por lo que se prevé que será archivado.

El pasado 30 de septiembre, el entonces juez titular del Juzgado de lo Mercantil número 17 de Madrid, Manuel Ruiz de Lara, dio traslado a las partes de los escritos de recusación presentados por la UEFA y LaLiga y acordó la suspensión del procedimiento.

De acuerdo con el artículo 109.4 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, en concordancia con los artículos 223.3 y 225.4 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, la recusación suspende el curso del pleito (en las causas penales no ocurre esto) hasta que haya resolución sobre el incidente.

Por otro lado, el incidente tuvo dos efectos colaterales: se suspendió el acto de la vista oral que estaba convocado y el juez se vio obligado a renunciar a una mesa de debate en Bilbao programada para el 15 de octubre donde se abordó precisamente el caso de la Superliga.

A partir de su toma de posesión, la nueva titular del juzgado proseguirá las actuaciones hasta el momento de dictar sentencia. Llegado ese momento procesal, suspenderá el procedimiento hasta que el TJUE resuelva la cuestión prejudicial.

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Publicado en Deportes

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