Imprimir esta página

El Gran Canaria pierde en 2ª instancia el juicio por el cese de Katsikaris

IUSPORT Noviembre 04, 2021

El Gran Canaria decidió no continuar con Katsikaris en el año de la pandemia, alegando que no se había dado ninguno de los supuestos para su renovación

El Gran Canaria de Baloncesto ha perdido en la segunda instancia, la Sala de lo Social de los TSJC, el pleito con su exentrenador Fotis Katiskaris, después de haberlo ganado en el juzgado de lo social.

Según ha informado Diario Sur este martes, el TSJC ha estimado el recurso del técnico, condenando al club a abonarle 328.201 euros brutos, en concepto del salario de la segunda temporada que no llegó a cumplir con el club por decisión de la entidad. La sentencia considera que se produjo un despido improcedente.

El Gran Canaria tiene un plazo de diez días para interponer recurso de casación contra la sentencia del Tribunal Superior de Justicia.

El club negó el despido

El Club había notificado en su día a Katsikaris que no continuaría esta temporada: "La realidad es que el contrato suscrito con el entrenador Fotis Katsikaris el 25 de junio de 2019 establece distintas opciones para su continuación o no respecto a la temporada 2020-2021, siendo así que para el ejercicio de las mismas el Club disponía de un plazo hasta antes del 25 de junio para ejercitarlas", decía el club en un comunicado en 2020.

"En este escenario", añadía el club, se enmarcaba la comunicación realizada al entrenador, "cuyo contenido deriva exclusivamente de los pactos contractuales suscritos entre las partes que son de obligado cumplimiento, yendo dirigida a trasladar al entrenador que es intención del Club no extender el contrato para la temporada 2020/2021 salvo en el supuesto que se alcancen los objetivos deportivos señalados en el contrato".

Y terminaba el comunicado de 2020 diciendo que "por tanto, en ningún caso nos encontramos ante una situación de destitución o corte del contrato, sino ante el ejercicio de las opciones previstas en dicho contrato".

El acuerdo entre ambas partes fijaba el día 25 de junio de 2020 como fecha límite para la ejecución de una cláusula que permitía al club grancanario terminar con la relación profesional. El argumento utilizado por el club fue que con el entrenador heleno no se habían logrado ninguno de los dos objetivos estipulados para seguir una temporada más al frente del banquillo amarillo, o sea, el entrar en la Copa del Rey o acabar la competición entre los ocho primeros clasificados y disputar el playoff por el título.

El club claretiano defendía que la fase final de la Liga Endesa celebrada en Valencia no correspondía al playoff por el título, porque se trataba de una fórmula extraordinaria que se adoptaba para resolver una campaña, la pasada, marcada por la pandemia de la Covid-19; en aquel torneo intervinieron los 12 primeros clasificados -el Granca se metió como undécimo y tenía un partido pendiente-.

Sin embargo, esta tesis, que había sido compartida por el juez de lo social, no la ha aceptado el TSJC, que ha declarado despido improcedente, con la consiguiente condena indemnizatoria.

Valora este artículo
(0 votos)
Publicado en Deportes

Artículos relacionados (por etiqueta)