El Barça anuncia la firma con Ferran Torres, pendiente de inscripción en LaLiga

IUSPORT Diciembre 29, 2021

Como ya hemos explicado en IUSPORT, una cosa es el contrato con el jugador y otra la inscripción en LaLiga, requisito este último sin el cual no podrá ser alineado evidentemente

El FC Barcelona ha anunciado que ha llegado a un acuerdo con el Manchester City para el traspaso de Ferran Tores, que ha firmado hasta el 2027

El club informa también que el próximo lunes día 3 de enero, a partir de las 11.00 horas, tendrá lugar la presentación del nuevo jugador del FC Barcelona en un acto previo al entrenamiento de puertas abiertas del primer equipo de fútbol, ​​que tendrá lugar en el Camp Nou a partir de las 12 horas.

Posteriormente al entrenamiento, el jugador atenderá a los medios de comunicación en una rueda de prensa telemática en la sala de prensa Ricard Maxenchs.

Nacido el 29 de febrero del 2000 en Foyos (Valencia), bien temprano Ferran Torres tuvo contacto con el balón. Pasó del fútbol sala al fútbol. Porque cuando jugaba con el equipo de futsal de la escuela EPLA llamó la atención de la cantera del Valencia CF. Con sólo siete años, originó su trayectoria vistiendo la elástica valencianista.

Según ha trascendido, el Barcelona pagará al City 55 millones en varios plazos a partir de la próxima temporada. Han acordado también otro pago de 10 millones en variables.

No obstante, como ya hemos explicado en IUSPORT, una cosa es el contrato con el jugador y otra la inscripción en LaLiga, requisito este último sin el cual no podrá ser alineado evidentemente.

El jugador no podrá inscribirse en ningún caso antes del día 3 de enero. Una vez se abra el mercado, la inscripción de un jugador se hace a través de LaLiga Manager. El club introduce la documentación y solicita la inscripción. Control Económico de LaLiga lo revisa y da el visto bueno o no, o pedir más documentación antes de tomar la decisión.

Una vez que Control Económico da la conformidad, el proceso pasa al departamento de Competiciones de LaLiga, que también tiene que dar el visto bueno.

Si un club está en excedido, da igual la cifra. Si estás excedido solo puedes fichar bajo el art. 100 (regla 1/4, por cada 4 que vendas/ahorres puedes fichar 1). No valen argumentos de futuro como adelantar que se van a obtener nuevos ingresos por otros conceptos, como posibles patrocinios o nuevos créditos bancarios, estos no cuentan. Tampoco una derrama extraordinaria entre los socios serviría a estos fines, como ocurriría con una ampliación de capital si fuera SAD.

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