Rivero recurre la resolución del Gobierno por la que interviene la Lucha Canaria

IUSPORT Abril 15, 2022

Francisco Rivero, presidente de la Federación de Lucha Canaria, ha impugnado ante los tribunales la resolución de la Dirección General de Deportes del Gobierno canario del pasado 8 de abril por la que se interviene la entidad y se le destituye en el cargo, según ha adelantado RNE

En la citada resolución, la Dirección General de Deportes del Gobierno de Canarias se ha subrogado en las funciones delegadas en la Federación de Lucha Canaria, lo que lleva aparejado el cese de funciones de su presidente Francisco Rivero por “notoria inactividad y dejación de funciones que suponen un incumplimiento grave de los deberes legales y estatutarios".

La Dirección General de Deportes ha designado una comisión gestora para convocar elecciones antes del 15 de julio.

A pesar a ser requerido formalmente en varias ocasiones, el presidente ahora destituido no había procedido a convocar las elecciones que correspondían según lo establecido en los estatutos como consecuencia de las siete dimisiones producidas en la Junta de gobierno de la entidad.

Paralelamente, se ha incoado un expediente disciplinario por parte del Comité Canario de Disciplina Deportiva como consecuencia de “presuntas infracciones disciplinarias muy graves previstas y con sanciones tipificadas en la Ley 1/2019, de la actividad física y el deporte de Canarias".

Se trata de las relativas al incumplimiento muy grave de los estatutos y del reglamento electoral de la Federación de Lucha Canaria, a la no ejecución de requerimientos de la administración deportiva autonómica, a abusos de autoridad y a la usurpación ilegítima de atribuciones y competencias”, se expone en la resolución.

Cabe advertir que la resolución de la Dirección General de Deportes no agota la vía administrativa, por lo que si el recurso de Rivero se ha interpuesto directamente en los tribunales, está abocado a ser inadmitido.

La resolución impugnada deja claro en el pie de recurso que el procedente es el de alzada ante la titular del departamento, contra cuya decisión sí podría acudirse a los tribunales.

Literalmente dice lo siguiente:

"Contra esta Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, y de conformidad con lo dispuesto en el Decreto 212/1991, de 11 de septiembre, de organización de los Departamentos de la Administración Autonómica de Canarias, y en el Reglamento Orgánico de la Consejería de Educación, Universidades, Cultura y Deportes aprobado por Decreto 7/2021, de 18 de febrero, cabe interponer recurso en el plazo de un mes ante la Viceconsejería de Educación, Universidades y Deportes".

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