La jueza de la Superliga alza la prohibición de sanciones de la UEFA a los clubes

IUSPORT Abril 22, 2022

Quedan convertidos en papel mojado todos los autos y requerimientos efectuados por el anterior juez contra la UEFA y anulada la medida cautelarísima que impedía a la organización europea tomar medidas contra los clubes

Salta la sorpresa. En un auto de 18 páginas de ayer, al que hemos tenido acceso en IUSPORT, la nueva jueza del juzgado de lo mercantll que lleva el caso de la Superliga ha estimado la oposición de la UEFA contra las medidas cautelares adoptadas en el auto de 20 de abril de 2021 y ha acordado el alzamiento de las medidas acordadas en dicha resolución.

Por consiguiente, quedan convertidos en papel mojado todos los autos y requerimientos efectuados por el anterior juez contra la UEFA. Y anulada la medida cautelarísima que impedía a la organización europea tomar medidas contra los clubes.

La jueza Sofía Gil recuerda que tanto la UEFA como la FIFA son asociaciones que desempeñan el control y la organización de competiciones deportivas, y estima "razonable y justificado" el sistema de autorización de competiciones alternativas establecido por estas federaciones, en aras de preservar el mérito deportivo e igualdad de oportunidades de los clubes.

Afirma que la UEFA y la FIFA no han denegado de forma arbitraria o contraria a su normativa (lo que sería indicio de actuar de forma abusiva), que sería lo que podría justificar las medidas cautelares.

Además, y a diferencia de lo que sostuvo el juez Ruiz de Lara, la jueza considera que no consta mínimamente acreditado que la amenaza e imposición de sanciones a los tres clubes subsistentes conlleve la necesaria imposibilidad de ejecutar el proyecto, cuya financiación es independiente.

En cuanto al alegato de los clubes que se frustraría la financiación, la jueza considera que los socios y las sociedades demandantes son personas jurídicas independientes y en todo caso, en el momento del desarrollo del proyecto, los intervinientes – incluidos las entidades financieras- eran perfectos conocedores de las posibles consecuencias, lo que no evitó la adopción de compromisos de financiación, que no cabe suponer ni presumir que se vean frustrados por las eventuales sanciones.

Concluye que no es posible valorar si la financiación se ve afectada o no por el riesgo o imposición de sanciones, porque las demandantes respecto de este extremo guardan silencio.

Unas medidas cauterlarísimas 'ad eternum'

Un año hace ahora que se adoptaron las medidas cautelarísimas, un caso inédito en la justicia española pues, como señalamos en su día, las medidas cautelarísimas no pueden permanecer vigentes de forma indefinida. Los hechos así lo han demostrado.

Lo propio era que el anterior juez, Ruiz de Lara, hubiese concedido audiencia a todas las partes interesadas y, tras una vista, resolver definitivamente la inconclusa pieza de cautelares correspondiente, decidiendo si transformaba la cautelarísima en cautelar o acordaba su alzamiento.

Pero nada de eso hizo el juez Ruiz de Lara, al tiempo que decretaba la suspensión del procedimiento principal tras plantear la cuestión prejudicial ante el TJUE.

Posteriormente, y sin haber concluido la pieza de cautelares, el citado juez acordó la reanudación del procedimiento principal, que volvió a suspender (ope legis) cuando fue recusado.

Es sabido que la cuestión prejudicial ante el TJUE no paraliza las medida cautelares, pero tampoco confiere patente de corso al juez nacional para convertir de facto en cautelares unas medidas adoptadas sin oír a las partes ("inaudita parte") y por eso llamadas cautelarísimas.

Pues bien, hizo falta que otra magistrada ocupase la titularidad de este juzgado, la nueva jueza Sofía Gil García, noticia dada en exclusiva por IUSPORT, para que las aguas volvieran a su cauce, aunque con un retraso vergonzante para la justicia española, no imputable a la nueva jueza.

Lo primero que hizo la jueza fue, como no podía ser de otra manera, señalar fecha para celebrar la vista de las cautelares.

El viernes 4 de marzo estaba previsto que el Juzgado de Mercantil número 17 de Madrid celebrara dicha vista con la participación de los representantes de la Superliga y la UEFA y demás partes personadas, pero, como informamos en su día, las partes trasladaron a la titular del juzgado su intención de negociar dichas medidas, a partir de lo cual la jueza accedió a posponer la vista, que finalmente tuvo lugar el viernes 1 de abril.

Finalmente, la nueva jueza ha dado a conocer su decisión sobre las medidas cautelares, alzándolas, y ha señalado fecha para la vista previa al juicio sobre el fondo del asunto, que será el 14 de junio.

Publicado en Internacional, Deportes