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Los perceptores de la PCI, PNC y Fondo de Asistencia Social contarán con un pago único no renovable de 250 euros
Además, se contempla, un pago extraordinario para hacer frente a los gastos ocasionados por la situación derivada de la erupción
El Consejo del Gobierno de Canarias ha aprobado un decreto-ley por el que se aprueba el abono de una prestación extraordinaria a las personas titulares de las Pensiones no Contributivas (PNC), del Fondo de asistencia Social, del subsidio de Garantía de Ingresos Mínimos y de la Prestación Canaria de Inserción (PCI), para paliar los efectos sociales derivados de la covid-19.
Además, se ha aprobado también un suplemento extraordinario a las personas titulares de la Prestación Canaria de Inserción residentes en los municipios de los Llanos de Aridane, el Paso y Tazacorte para paliar los efectos sociales derivados de la crisis volcánica y otras medidas en los ámbitos social y agrario.
El objeto de este decreto-ley es el establecimiento de una prestación social finalista y de carácter extraordinario de 250 euros a favor de las personas beneficiarias de la Prestación Canaria de Inserción; pensiones de jubilación e invalidez en sus modalidades no contributivas (PNC), del Fondo de asistencia social (FAS), del Subsidio de garantía de ingresos mínimos (SGIM), concebida como prestación económica para cubrir los gastos sobrevenidos por motivo del COVID 19, a fin de atender la adquisición de los medios de protección de obligado cumplimiento.
Se trata de una prestación finalista y personal destinada a compensar gastos que se realicen por las personas beneficiarias derivados de la pandemia del COVID-19, de carácter extraordinario de 250 euros, que se abonarán mediante un pago único.
Además, el decreto-ley contempla el establecimiento de una prestación social extraordinaria a favor de las personas titulares de la Prestación Canaria de Inserción (PCI), residentes en los municipios afectados por la erupción volcánica en La Palma de Los Llanos de Aridane, El Paso y Tazacorte, con el objeto de hacer frente a los gastos directos o indirectos ocasionados por la situación derivada de la crisis volcánica.
Se trata de una prestación extraordinaria y de abono único cuya cuantía será la misma de la PCI tenga reconocida la unidad de convivencia, incluyendo el complemento por menor a cargo.