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El candidato a la alcaldía de Guía por CC señala que el alcalde de Guía, Pedro Rodríguez, y su equipo deben explicar las fórmulas de pago de los servicios extraordinarios a personal municipal usadas desde julio de 2021 hasta octubre de 2022 de manera mensual a distintos trabajadores municipales
El nacionalista apunta que la cantidad mensual dedicada a servicios extraordinarios por este ayuntamiento evidencia un déficit de personal en muchas áreas y que con ello, se debería afrontar, dentro de la legalidad vigente, procesos de contratación
El candidato a la alcaldía de Guía por Coalición Canaria, Julián Melián, ha solicitado al grupo de Gobierno de Guía que convoque un pleno extraordinario por la investigación que lleva a cabo la fiscalía sobre pagos irregulares de servicios extraordinarios en el ayuntamiento de Guía. “El alcalde de Guía, Pedro Rodríguez, y su equipo deben explicar en la sesión plenaria que pedimos las fórmulas de pago de los servicios extraordinarios a personal municipal usadas, por las distintas áreas, desde julio de 2021 hasta octubre de 2022 de manera mensual a trabajadores municipales”, subraya el nacionalista.
Julián Melián señala que la ley define de manera clara la forma en que los servicios extraordinarios realizados por los trabajadores públicos deben ser abonados y que sin embargo, “sin poner en duda el trabajo realizado por parte de los trabajadores públicos que son objeto de los pagos que se reflejan mes a mes en los decretos que firma el alcalde, presuntamente, se consideran que en algunos casos no se ajustan a la legalidad”, comenta.
Asimismo, el candidato apunta: “Se debe terminar de manera inmediata con el pago de servicios extraordinarios al personal municipal tal y como se viene haciendo. La cantidad mensual dedicada a servicios extraordinarios por este ayuntamiento evidencia un déficit de personal en muchas áreas y esto no puede continuar así”, y añade: “A partir de los datos que tiene la concejalía de Personal, tienen que determinar los trabajadores necesarios para el óptimo funcionamiento del ayuntamiento y afrontar, dentro de la legalidad vigente, procesos de contratación”.
Julián Melián comenta que el Reglamento de Funcionamiento de Órganos de Gobierno municipal publicado en el BOP Nº 66 del viernes, 25 de Julio de 2008, determina que la convocatoria de la sesión extraordinaria a instancia de miembros de la corporación deberá efectuarse dentro de los cuatro días siguientes a la petición y que no podrá demorarse su celebración por más de quince días hábiles desde que fuera solicitada. El candidato explica que el asunto no se puede incorporar al orden del día de un pleno ordinario o de otro extraordinario con más asuntos si no lo autorizan expresamente los solicitantes.