La Junta Electoral suspende un acto de NC y PSOE en Guía por incumplimiento de la Ley Electoral

La Junta Electoral Central da la razón al PP de Guía en su denuncia al Grupo de Gobierno del Ayuntamiento de Santa María de Guía (PSOE-NC) por la organización de un acto institucional durante el proceso electoral

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El Partido Popular (PP) de Guía ha denunciado ante la Junta Electoral, un incumplimiento de la normativa electoral. El pasado 24 de abril, el primer teniente alcalde y concejal del Ayuntamiento norteño realizó una convocatoria en nombre del alcalde, para celebrar la presentación de los Programas de Formación en Alternancia con el Empleo de Santa María de Guía.

Ante esto, el 26 de abril el Partido Popular de Guía presentó un escrito ante la Junta Electoral de la zona de Guía por considerar que el Grupo de Gobierno del Ayuntamiento de Santa María de Guía (PSOE-NC) estaba vulnerando la Ley Orgánica del Régimen Electoral General, en específico el artículo 50.2 que establece “Desde la convocatoria de las elecciones y hasta la celebración de las mismas queda prohibido cualquier acto organizado o financiado, directa o indirectamente, por los poderes públicos que contenga alusiones a las realizaciones o a los logros obtenidos, o que utilice imágenes o expresiones coincidentes o similares a las utilizadas en sus propias campañas por alguna de las entidades políticas concurrentes a las elecciones.”.

Ante esto, el PP solicitó que se decretase la suspensión y prohibición de asistencia al acto convocado en nombre del alcalde por el primer teniente alcalde del municipio.

El grupo popular argumenta que no se trata de un acto que se celebre de forma regular y periódica en fechas coincidentes con un periodo electoral y en todo caso, supone un acto de campaña institucional. Además, el candidato popular al Ayuntamiento norteño denunciaba ante la Junta Electoral que:

“De esta manera, se conculcan los principios de objetividad e igualdad entre los actores electorales, toda vez que es a todas luces una medida que se puede considerar como tendente a inducir al sentido del voto, lo cual queda absolutamente vedado. “

“Anunciar ante un auditorio la presentación de unos programas de formación de alternancia con el empleo, supone sin duda un acto claramente propagandístico que denota una clara intención electoralista ante las inminentes elecciones municipales del próximo 28 de mayo.”

“En definitiva, esta campaña institucional se trata de una torticera maniobra con el claro objetivo de inducir el voto de los ciudadanos de Santa María de Guía, sobre todo, en aquellos descontentos con su situación laboral o en los que se encuentren en la siempre difícil e indeseada situación de desempleo.”

Ese mismo día, el Partido Político Juntos Por Guía-Nueva Canarias-Frente Amplio Canarista presentó alegaciones al escrito del PP alegando que ellos no eran promotores de ningún acto, que se trataba de una campaña informativa que resulta imprescindible al interés público. Solicitando a la Junta Electoral que se estimasen sus alegaciones.

Ante todo esto, el 27 de abril de 2023 la Junta Electoral de la zona de Santa María de Guía de Gran Canaria ha emitido el resultado de la deliberación de dicho órgano en relación con este asunto, ordenando la inmediata suspensión del acto y la prohibición de asistencia al mismo, por haber incurrido el Partido Político Juntos Por Guía (Nueva Canarias) y PSOE en una prohibición del artículo 50 de la LOREG.

Desde el Partido Popular de Guía, consideran que la normativa electoral debe ser respetada por todas las fuerzas políticas para evitar que se produzcan desigualdades dentro del proceso y esperan que no vuelvan a suceder situaciones similares, que les coloque en una situación de inferioridad, con respecto al resto de partidos