La Junta del Sevilla rechaza a Del Nido y ratifica a José Castro como presidente

IUSPORT Octubre 27, 2021

El actual presidente ha recibido el respaldo del 77,01% del capital presente en la Junta, mientras que solo el 0,51% ha votado a favor de su cese

José Castro ha salido airoso de la Junta de Accionistas del Sevilla FC. El actual presidente del club hispalense ha recibido el apoyo mayoritario de los accionistas en el sexto punto del orden del día, en el que se votaba el cese de los miembros del Consejo de Administración, lo que le permite continuar al frente del Sevilla.

El 77,01% del capital presente ha apoyado la continuidad de la directiva que lidera José Castro, mientras que solo el 0,51% ha votado a favor de su cese. Por contra, ha habido una voluminosa abstención de hasta el 20,8%.

La alternativa a la Junta Directiva de Castro era precisamente el expresidente del club, José María del Nido Benavente, que ha protagonizado constantes choques verbales con el actual dirigente sevillista. El primero ha tenido lugar al comienzo de la sesión, cuando ha preguntado a la Mesa si tenía derecho a voto y ha interrumpido en numerosas ocasiones los parlamentos para reiterar su cuestión para terminar denunciando que "de forma arbitraria se me ha negado el voto en esta junta".

Justo antes de la votación del trascendental punto sexto, en el que se debatía la continuidad o no de la directiva que encabeza Castro, el actual presidente ha recordado las medidas cautelares que días atrás le fueron denegadas a Del Nido y ha subrayado: "Lo que está haciendo Del Nido es malicioso y dañino. Si consigue su objetivo lo único que haría el romper el pacto firmado en 2019".

Cabe recordar que el pasado 20 de octubre, en un auto al que tuvo acceso IUSPORT, el Tribunal de Instancia Mercantil de Sevilla denegó las medidas cautelares inaudita parte solicitadas por Del Nido. Durante su razonamiento el tribunal sostenía que lo que pretendía el expresidente "es que por vía de cautelar se garantice el derecho de voto del señor D.N. y evitar la iniciación de un previsible procedimiento de impugnación de acuerdos sociales y no es esta la finalidad que la Ley atribuye a la institución de las medidas cautelares previas a la demanda".

Publicado en Deportes