El PP enmienda la Ley antidopaje para que la AEPSAD siga bajo la "jurisdicción" del TAD

IUSPORT Diciembre 05, 2021

El Partido Popular es el único partido que ha sido sensible a esta cuestión y, con buen criterio, ha presentado dos enmiendas encaminadas a restaurar la intervención del Tribunal Administrativo del Deporte (TAD) para que las sanciones de la Agencia antidopaje (AEPSAD) puedan recurrirse de forma gratuita, rápida y ante un tribunal especializado, antes de acudir a la justicia ordinaria.

Como saben los lectores de IUSPORT, el proyecto de Ley antidopaje se encuentra actualmente en tramitación parlamentaria.

El pasado 11 de noviembre informamos de que el Pleno del Congreso de los Diputados había aprobado el proyecto de Ley Orgánica de lucha contra el dopaje en el deporte, el cual fue remitido al Senado, donde continúa su tramitación parlamentaria.

Pues bien, uno de los aspectos que hemos señalado como negativo en el proyecto es la desconexión de la Agencia Española para la Protección de la Salud en el Deporte, conocida como Agencia Antidopaje, en anagrama AEPSAD, que ahora cambiará de nombre, respecto del Tribunal Administrativo del Deporte (TAD), lo que implica que sus decisiones sólo podrán impugnarse ante la jurisdicción contencioso-administrativa, es decir, más gastos para los sancionados, los cuales, como suele ser habitual por la carga de trabajo de los tribunales ordinarios, si ganan el recurso, lo sabrán probablemente cuando ya estén jubilados.

Con respecto a la denominación de la agencia, siguiendo el dictamen del Consejo de Estado, el PP propone, que en lugar de llamarse "Agencia Estatal Comisión Española para la Lucha Antidopaje en el Deporte", se la denomine "Agencia Española para la Lucha Antidopaje en el Deporte".

La competencia del TAD en materia antidopaje ya estaba recogida en el art. 84 de la vigente Ley del Deporte, que reza como sigue:

"1. El Tribunal Administrativo del Deporte es un órgano de ámbito estatal, adscrito orgánicamente al Consejo Superior de Deportes que, actuando con independencia de éste, asume las siguientes funciones:

a) Decidir en vía administrativa y en última instancia, las cuestiones disciplinarias deportivas de su competencia, incluidas las señaladas en la Ley Orgánica de Protección de la Salud del Deportista y Lucha contra el Dopaje en la Actividad Deportiva. ...".

Esta mutilación del TAD a manos del Gobierno no es algo que obedezca a razones técnicas ni operativas, sino a una voluntad manifiesta de arrinconarlo, en perjuicio, no del propio tribunal, sino de los deportistas y clubes, que se verán abocados a acudir a la justicia ordinaria, no sólo en materia de dopaje, sino, como hemos alertado ya en IUSPORT, en general contra las sanciones de cada semana.

El anteproyecto de Ley del deporte que el Gobierno remitirá el día 14 de diciembre al Parlamento se propone acabar esa tarea de mutilación, despojando al TAD de su genuina función, la revisora en materia disciplinaria.

El art. 99 y concordantes del anteproyecto de ley del deporte se ocupa de aclarar que sólo podrán recurrrirse al TAD las sanciones que supongan "la privación, revocación o suspensión definitiva de todos los derechos inherentes a la licencia", únicas que "tendrán la naturaleza de actos de carácter administrativo"

Indefensión

Esto significará que los deportistas (salvo que se trate de privación de licencia) y los clubes tendrán que gastarse los cuartos en pleitos civiles para combatir las sanciones que cada semana imponen los comités de competeción de las federaciones (una vez agotada la via federativa), sabiendo que las sentencias llegarán en la mayoría de los casos cuando ya estén jubilados.

Queremos creer que este intento de demolición en toda regla del sistema instaurado en 1990, creado precisamente por un gobierno del PSOE, con Gómez Navarro al frente del CSD, será detenido en el Congreso de los Diputados cuando entre el texto en las Cortes Generales.

Estamos hablando de cosas mayores. No es poca cosa esta pretensión del anteproyecto de ley, influenciado por determinados poderes fácticos a los que el Gobierno sigue plegándose para desgracia del deporte español.

Como ya alertamos en IUSPORT: estamos ante el regreso al pasado.

Las enmiendas del PP

Estas son las enmiendas presentadas por el PP en el Senado:

ENMIENDA NÚM. 27

El Grupo Parlamentario Popular en el Senado (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda al Artículo 49.

ENMIENDA

De modificación.

Al artículo 49.2.

Donde dice:

«... y contra las mismas únicamente cabrá recurso ante la jurisdicción contencioso-administrativa.»

Debe decir:

«... y contra las mismas cabrá recurso ante el Tribunal Administrativo del Deporte.»

JUSTIFICACIÓN

Es oportuno un procedimiento y órgano ágil para la resolución de un recurso.

ENMIENDA NÚM. 29

El Grupo Parlamentario Popular en el Senado (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Disposición adicional nueva.

ENMIENDA

De adición.

«El Tribunal Administrativo del Deporte se constituye en Órgano de segunda instancia ante sanciones impuestas por la Agencia Estatal Comisión Española para la Lucha Antidopaje en el Deporte.»

JUSTIFICACIÓN

Ante una sanción, el deportista debe tener el recurso de segunda instancia.

Publicado en Nacional, Deportes