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El Gobierno municipal aprueba con la abstención de la Oposición la ordenanza que permitirá destinar al menos el 1,5% de los ingresos ordinarios del presupuesto en vigor como partida presupuestaria, aumentando en 130 % la cuantía para estas ayudas
El Pleno de la Corporación municipal de Teror aprobó este jueves 25 de noviembre, en sesión extraordinaria, la ordenanza específica para regular las prestaciones económicas destinadas a personas y familias del municipio en situaciones de necesidad y/o emergencia. El objetivo de este documento, es dar mayor cobertura a la población de Teror que se encuentre en situación de pobreza, de exclusión social o de vulnerabilidad social.
La nueva ordenanza, que entrará en vigor en las próximas semanas, fue aprobada con los votos a favor del grupo de Gobierno y la abstención de la Oposición, al considerar que no responde a todas las necesidades sociales del municipio. Por su parte, el Gobierno defendió la ordenanza manifestando que es un documento vivo y flexible para adaptarse a las necesidades de la ciudadanía del municipio.
Por otra parte, la Corporación municipal aprobó la Cuenta General correspondiente al Presupuesto General del ejercicio 2020, con los votos a favor del Gobierno municipal y en contra de la Oposición.
La ordenanza para regular las prestaciones económicas de Servicios Sociales permitirá mantener la convocatoria abierta permanentemente y poderla solicitar en cualquier momento, anunció el edil responsable de Servicios Sociales, Gonzalo Rosario, manifestando que “no como ocurría hasta ahora que solo se podía realizar en determinados periodos de tiempo en los que se fijaba los plazos de convocatoria”.
Además de incrementarse los conceptos subvencionables, también se aumentarán las partidas presupuestarias para estas ayudas en más de un 130% respecto a los últimos años, destinándose al menos el 1,5% de los ingresos ordinarios del presupuesto en vigor.
Esta ordenanza trata de mejorar el servicio municipal de atención social, sumándose a otras acciones paralelas como la potenciación del Servicio de Ayuda a Domicilio, donde se incrementará el personal y las gestiones atendiendo a la demanda actual, revirtiendo en una mayor calidad de vida en la población vulnerable.
Desde el Gobierno municipal se ha apostado por dar una mayor cobertura a la situación de crisis económica y social generada por la pandemia, en muchos casos, buscando los mecanismos que permitan una respuesta lo más eficaz posible a las personas y familias vulnerables que requieran de una atención social y protección inmediata. Por ello, esta ordenanza permitirá agilizar los trámites administrativos y al mismo tiempo reforzar la cuantía económica de las ayudas.
Por otra parte, Servicios Sociales de Teror activara próximamente otra convocatoria para colectivos con necesidades especiales, como mayores, personas con discapacidad o dependientes, personas víctimas de violencia de género, etc), tras la culminación del diagnóstico sectorizado que se está realizando por parte del Ayuntamiento para detectar las máximas necesidades de la población del municipio.
TIPOS DE PRESTACIONES
Las ayudas económicas reguladas por la nueva ordenanza elaborada desde la Concejalía de Servicios Sociales del Ayuntamiento de Teror se destinarán, por una parte, a prestaciones económicas de necesidad, tanto básicas como complementarias. Las ayudas básicas están destinadas a atender demandas que inciden en la subsistencia de las personas solicitantes y de su unidad familiar y/o de convivencia (alimentación, higiene personal, limpieza del hogar y vestuario, alquiler o hipoteca de la vivienda habitual, pago de recibos de consumo de energía eléctrica). Las ayudas complementarias están destinadas a atender necesidades complementarias con la finalidad de mejorar la calidad de vida de la unidad familiar y/o de convivencia, o atender una situación coyuntural que pueda alterar la estabilidad socioeconómica de la persona o familia (acceso a la salud, a la educación, a la participación social, a la formación y el empleo, a la habitabilidad de la vivienda, o a la movilidad, entre otras.
La ordenanza incluye también prestaciones económicas por emergencia social, para paliar situaciones de necesidad que tengan el carácter de extraordinario, que produzcan una necesidad concreta y puntual de las personas afectadas así como para la atención a situaciones de urgente y grave necesidad que no puedan ser atendidas por ninguno de los conceptos contemplados como necesidad social (limpiezas extraordinarias en domicilios cuando exista riesgo sanitario, enterramientos, alojamientos temporales derivados de situaciones de incendios en la vivienda habitual, etc).
Las cuantías mínimas a conceder para cada concepto subvencionable, así como los límites a aplicar para los ingresos y gastos deducibles serán acordadas anualmente por la Junta de Gobierno Local, de acuerdo con las previsiones presupuestarias correspondientes, referenciadas por el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM), incrementándose en un 10%.
La ordenanza establece la formación de una comisión de seguimiento que se reunirá una vez al mes para recabar información de todas las ayudas concedidas y denegadas, duración de la resolución de las solicitudes y se emitirá un acta-informe que será incorporado al expediente correspondiente. La comisión estará formada por el/la trabajador social del departamento de Prestaciones, el Secretario General o funcionario en quien delegue, y el/la Concejal del área o Alcalde-Presidente.